La Policía Nacional afirma que no hay estructuras de secuestros en República Dominicana y que lo que acontece es que antisociales toman a la víctima, la retienen por corto tiempo y a cambio de su libertad y la vida, le exigen un rescate, que en el mayor de los casos suele ser dinero.
Estos son secuestros exprés, una modalidad de delincuencia usual en países como Venezuela, Colombia o México.
Aunque en República Dominicana esta modalidad de delito no es común, los ocho casos registrados en las últimas dos semanas de mayo despertaron las alarmas ante una posible estructura delictiva organizada.
Sin embargo, el director de la Policía Nacional, Ney Aldrín Bautista, aseguró al programa Nuria Investigación Periodística que no es así: “Aquí, no es verdad que hay una estructura de secuestro, ni de secuestro exprés. Decir que aquí hay una estructura es una fábula, es una mentira”, consideró luego de puntualizar que sus declaraciones del pasado 26 de mayo, en las que supuestamente tildó de fábula a los secuestros exprés, fueron mal interpretadas.
LEY OBSOLETA. En el país, la Ley 583 que incrimina el secuestro y todas sus formas data del 25 de junio del 1970 y fue firmada por el entonces presidente Joaquín Balaguer. Con solo cuatro artículos de extensión y arribando ya a sus 50 años, esta legislación deja a la interpretación de los abogados definir cuándo un hecho delictivo puede o no clasificarse como un secuestro exprés.
“Parece ser que esa conducta (el secuestro exprés) está en la frontera del ámbito del secuestro propiamente dicho previsto por la Ley 583, y el robo con violencia”, explicó para el programa Nuria Investigación Periodística el abogado Luis Rivas.
El artículo 1 de la Ley detalla que “son reos de secuestro los que sustrajeren, raptaren o de cualquier modo trasladaren, por medios violentos o haciendo uso de engaños, artificios, artimañas o intimidación, a cualquier persona… Con el objeto de privarla de su libertad, y de reclamar como rescate sumas de dinero…”.
El abogado Rivas, aunque reconoce las limitaciones de la legislación, explica que los casos ocurridos en las últimas semanas, sí pueden tipificarse como secuestros. “Si tomamos en cuenta que hay una privación ilegal de las personas y como consecuencia de esto está la obtención de un beneficio, dinero, en este caso obtenido por la propia víctima a través de cajeros automáticos, pudiéramos estar en presencia de un secuestro”.
La modalidad de atrapar a la víctima, pasearla en un vehículo y detenerse en varios cajeros para adquirir dinero, es una forma de delito común en Colombia, y se le conoce como “Paseo Millonario”. Esto fue lo que vivió la madrugada del 17 de mayo, Raynierys Ricardo Roa, cuando al llegar a su casa en el sector La Feria, del Distrito Nacional, fue capturado por varios delincuentes, que durante dos horas lo trasladaron a por lo menos cinco cajeros y le robaron alrededor de 40,000 pesos.
Raynierys contó que durante el recorrido del que salió con heridas de arma blanca y golpes en la cara, una patrulla detuvo el vehículo en el que andaban. Pero el delincuente que estaba al volante se desmontó y habló con los policías, que dejaron ir al vehículo sin siquiera requisarlo. “Él (delincuente) entró al carro y me dijo ‘yo estoy frío con esa gente, aquí el que tiene problemas eres tú” y siguió totalmente de largo. O sea, la patrulla no revisó vehículo, no pidió documento”.
Por los casos recientemente, la Policía Nacional identificó y apresó a dos bandas, cuyos integrantes, ocho en total, fueron enviados a la cárcel con tres meses de prisión preventiva.