Adenz Naranjo de Súpercanal 33 fue demandada por el abogado de la actriz Dalisa Alegria, por presuntamente difamar la actual pareja de Mozart La Para durante programa de televisión.
El abogado de la actriz solicitó a la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos la suspensión temporal de la modelo de cualquier medio televisivo y/o radial por incurrir en violación del artículo 84 y 105 del reglamento 824 en perjuicio y detrimento de Alegría.
Al dar a conocer la información, a través de su cuenta de Instagram, Enrique Santelises, representante legar de Alegria, solicitó a Adenz pedir disculpas públicas, en el mismo medio donde incurrió en lenguaje malicioso y expresiones de doble sentido.
Durante la transmisión del programa “El Súper Poder”, la presentadora llamó a Dalisa “traicionera, farsante y cuero” previo a la entrevista de Mozart La Para con Luz García para Noche de Luz.
Según el artículo 84 del reglamente 824 de Espectáculo Público: “Queda prohibida toda transmisión que cause la corrupción del lenguaje o que sea contraria a las buenas costumbres, ya sea mediante expresiones maliciosas, palabras o imágenes perversas, frases de dobles sentidos, apología del crimen o la violencia y todo aquello que sea denigrante para el culto cívico de los héroes nacionales o para cualquier persona.
Por lo que acuden al 105 donde dice, que La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, podrá suspender la actuación de un locutor por un período determinado, por violación a cualquiera de las disposiciones contenidas en este Reglamento.