WhatsApp, la aplicación de mensajería instantánea más popular alrededor del mundo, ha cobrado gran relevancia en la vida diaria de las personas, pues ha llegado a un grado de integración en la sociedad que incluso en países como España los mensajes que se escriben a través de esta plataforma pueden ser utilizados como una prueba ante un juez cuando se habla de negocios.
Un caso de estas características sucedió esta semana en la ciudad de Vigo, España, donde el Juzgado de Primera Instancia número 13 consideró como un contrato verbal vinculante las conversaciones entre unas personas que había rentado su casa y una inquilina morosa, la cual también fue condenada a pagar en mensualidades todos los recibos que adeudaba.
La historia, de acuerdo con el portal El Faro de Vigo, comenzó cuando la mujer demandada contactó a los propietarios del espacio a través de la aplicación, pues los dueños vivían fuera de la ciudad. Así, por medio de mensajes, fue como se acordaron las condiciones de la negociación. El responsable de mostrarle el piso a la interesada no fue ninguno de los dueños, sino uno de sus familiares.
Después de que ambas partes, a la distancia y sin siquiera verse las caras, estuvieron conformes con las condiciones, la inquilina se comprometió a pagar el alquilar y las facturas de los servicios básicos como la luz y el agua. La mayor representación de su compromiso fue enviar su número de cuenta y fotocopias de su Documento Nacional de Identidad por medio de la app.
No obstante, al cabo de un tiempo, los arrendatarios se dieron de que la mujer que estaba dentro de su propiedad había incumplido con las negociaciones establecidas y decidieron llevar la situación a un juicio en el que sus principales y pruebas eran las pláticas que habían tenido con ella durante el proceso de la renta por medio de la aplicación.
El fallo del juez estuvo a favor de los dueños del lugar, quien también estableció que la inquilina tendría que ser expulsada de la propiedad y que pagara las mensualidades pendientes. De acuerdo con varios medios locales, este caso podría provocar que la Justicia española considere a WhatsApp como parte de un contrato legal y vinculante en más ocasiones, aunque claro, siempre y cuando se demuestre la veracidad de las conversaciones.
En este caso, la pareja pudo comprobar que la conversación era real gracias a los documentos oficiales que ella le había enviado a través de la conversación que habían sostenido desde el inicio.
De acuerdo con el medio español Xataka, los contratos verbales también generan derechos y obligaciones para las partes, pues son válidos y vinculables siempre y cuando no sean casos en los que la ley de ese país obligue a realizar contratos escritos. Un ejemplo de esa situación serían las compras o ventas de inmuebles en los que se exige escritura pública ante Notario.
Cabe decir que esta no es la primera vez que ocurre algo parecido tanto en España como en el mundo. En 2015, un juzgado vasco determinó que un vendedor de una casa debía aceptar las condiciones que había establecido en las primeras negociaciones a través de la aplicaciones aun cuando se había arrepentido del acuerdo que había llevado a cabo.
En el mismo año sucedió otro caso que puso en el entorno legal a las aplicaciones de mensajería. Se trató de un joven de Nueva York que colgó un mensaje en Facebook con los emojis de un policía y tres pistolas. Por ese hecho, las autoridades arrestaron al muchacho acusándolo de amenazas terroristas, delito por el cual podía pasar siete años en la cárcel. Sin embargo, no fue procesado.
Fuente: Infobae