Redacción NDigital
Santo Domingo
De acuerdo a la resolución 01-2020, dictada por la Junta Central Electoral de cara a las elecciones generales de febrero de 2020, tanto en los colegios que se vote de manera física como donde se haga de manera automatizada, los resultados serán trasmitidos a través de una aplicación móvil instalada en un celular, luego que el personal de la mesa junto a los delegados hayan cotejado de manera física los resultados.
“Concluida la votación, el presidente del colegio ordenara el inicio del escrutinio y serán contados los votos depositados en las urnas. Para el registro de los votos se utilizarán cuadernillos auxiliares para el registro de votos emitidos a los partidos y los emitidos a los candidatos y candidatas manera preferencial”, establece el párrafo de la resolución 01-2020, respecto a los lugares donde se votará de manera manual.
“Completado el conteo de todos los votos, el presidente procederá con la digitación de dichos resultados, mediante aplicación informática disponible en un celular de la Junta Central Electoral”, añade la disposición.
Explica además que inmediatamente se digiten los resultados y se compruebe que los mismos coinciden con el total de votos emitidos, el secretario procederá a la impresión de las relaciones de votación que serán incorporadas en el libro de acta y en los ejemplares que son entregados a los delegados de los partidos políticos y los que son colocados en la puerta del colegio electoral.
En los lugares donde se utilizará la votación automatizada, se emitirá el resultado que genera el equipo automatizado de votación, se proceden a contar los votos emitidos en la urna, tanto por partido como por candidatos preferenciales; se confirmará que ambos resultados coinciden, caso en el cual serán impresos, firmados y sellados por los funcionarios del colegio electoral y los delegados políticos que hayan deseado hacerlo.
En cuanto a la trasmisión de resultados “se transmiten los resultados al centro de cómputos de la Junta Central Electoral, de las Juntas Electorales, de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos y a los medios de comunicación que lo hayan solicitado”.
Aclara que en caso de que exista discrepancia entre los resultados emitidos por el equipo y los que fueron depositados en la urna, se anotará la situación en el acta del colegio y dicha discrepancia será conocida en la Junta Electoral correspondiente, quien emitirá su veredicto sobre el particular.
“Los resultados serán divulgados públicamente una vez se haya concluido la votación en todos los colegios electorales del Distrito Nacional o de los municipios”, especifica la resolución.
Esta decisión, es parte de las 11 resoluciones y 2 reglamentos decididos tras varias horas de sesión del pleno el sábado.