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TC deja en estado de fallo siete casos de acción directa de inconstitucionalidad

SANTO DOMINGO. – El Tribunal Constitucional (TC) dejó en estado de fallo siete expedientes de acción directa de inconstitucionalidad, cinco de ellos relativos a la Ley Orgánica de Régimen Electoral y Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que fueron declarados de urgencia.

El presidente del TC, magistrado Milton Ray Guevara, encabezó la jornada celebrada en la sala augusta de la Suprema Corte de Justicia, donde señaló que la declaración de urgencia de los expedientes relativos a la citada ley se realiza en aras de contribuir con el feliz desarrollo de los comicios electorales a celebrarse en febrero y mayo próximos.

“Quiero reiterar el espíritu del tribunal que se ha declarado todos los casos urgentes para proteger el interés supremo de la celebración de esas elecciones y que todos los accionantes, en la medida de lo posible, tengan tiempo útil de recibir las decisiones en este caso”, dijo Ray Guevara.

En primer lugar, fue dejado en estado de fallo el expediente: TC-01-2019-0049 en el que Francisco del Rosario atacó el artículo 8 de la Ley núm. 4314, que regula la prestación y aplicación de los valores en el inquilinato, de 1955.

Así también se declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0052, en el que Luis Manuel Frías Marte atacó el artículo 49.4 de la Ley núm. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, de 2018; y el artículo 134 de la Ley núm. 15-19, Orgánica de Régimen Electoral de 2019, teniendo como interviniente voluntario al Partido de la Liberación Dominicana.

El expediente TC-01-2019-0053, en el que Germán A. Ramírez objetó el artículo 111 de la Ley núm. 15-19, Orgánica de Régimen Electoral indicada anteriormente también fue dejado en estado de fallo, así como el expediente TC-01-2019-0054, en el que V Energy S.A. atacó la Resolución núm. 33-09, de 2009 y la Ordenanza núm. 04-11, de 2011, emitidos por el Ayuntamiento de Santo Domingo Este.

El órgano jurisdiccional declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0055 en el que los licenciados Josefina Guerrero y Andrés Nicolás Contreras atacaron el artículo 49 numeral 4, de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, de 13 de agosto de 2018; y el artículo 134 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral núm. 15-19, (2019). El Partido de la Liberación Dominicana participó como interviniente voluntario.

Otro caso dejado en estado de fallo fue el expediente TC-01-2019-0056 en el que licenciado Electo Milagro Santana Peralta objetó el artículo 2 de la Ley núm. 379 de 1981, que establece un nuevo Régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado dominicano para los funcionarios y empleados públicos; y numeral 30 del artículo 1 del Decreto núm. 217-17, de 2017, emitido por el Poder Ejecutivo, mediante el cual se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión por antigüedad al accionante.

Quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0057, en el que Ylsis María Cruz Ramírez y Dilenia Altagracia Santos Muñoz se oponen a los dispositivos segundo y cuarto de la Resolución núm. 28-19, que establece la distribución de la cuota de equidad de género en las candidaturas a regidores, suplentes de regidores, vocales y diputados en las elecciones generales del 2020, dictada por la Junta Central Electoral el 5 de noviembre de 2019. Se dio un plazo de 1 día calendario a ambas partes para presentar el escrito justificado de motivación de sus conclusiones.

Las normas y actos atacados emanaron del Senado y Cámara de Diputados de la República, el Ayuntamiento Municipal de Santo Domingo Este, el Poder Ejecutivo y la Junta Central Electoral.

Esta audiencia inició con la solicitud del magistrado Ray Guevara, de guardar un minuto de silencio en memoria del doctor Víctor Robustiano Peña, procurador general adjunto, quien durante varios años representó a la Procuraduría General de la República en las audiencias que celebraba el TC.

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El presidente del TC, magistrado Milton Ray Guevara, encabezó la jornada celebrada en la sala augusta de la Suprema Corte de Justicia, donde señaló que la declaración de urgencia de los expedientes relativos a la citada ley se realiza en aras de contribuir con el feliz desarrollo de los comicios electorales a celebrarse en febrero y mayo próximos.
“Quiero reiterar el espíritu del tribunal que se ha declarado todos los casos urgentes para proteger el interés supremo de la celebración de esas elecciones y que todos los accionantes, en la medida de lo posible, tengan tiempo útil de recibir las decisiones en este caso”, dijo Ray Guevara.
En primer lugar, fue dejado en estado de fallo el expediente: TC-01-2019-0049 en el que Francisco del Rosario atacó el artículo 8 de la Ley núm. 4314, que regula la prestación y aplicación de los valores en el inquilinato, de 1955.
Así también se declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0052, en el que Luis Manuel Frías Marte atacó el artículo 49.4 de la Ley núm. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, de 2018; y el artículo 134 de la Ley núm. 15-19, Orgánica de Régimen Electoral de 2019, teniendo como interviniente voluntario al Partido de la Liberación Dominicana.
El expediente TC-01-2019-0053, en el que Germán A. Ramírez objetó el artículo 111 de la Ley núm. 15-19, Orgánica de Régimen Electoral indicada anteriormente también fue dejado en estado de fallo, así como el expediente TC-01-2019-0054, en el que V Energy S.A. atacó la Resolución núm. 33-09, de 2009 y la Ordenanza núm. 04-11, de 2011, emitidos por el Ayuntamiento de Santo Domingo Este.
El órgano jurisdiccional declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0055 en el que los licenciados Josefina Guerrero y Andrés Nicolás Contreras atacaron el artículo 49 numeral 4, de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, de 13 de agosto de 2018; y el artículo 134 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral núm. 15-19, (2019). El Partido de la Liberación Dominicana participó como interviniente voluntario.
Otro caso dejado en estado de fallo fue el expediente TC-01-2019-0056 en el que licenciado Electo Milagro Santana Peralta objetó el artículo 2 de la Ley núm. 379 de 1981, que establece un nuevo Régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado dominicano para los funcionarios y empleados públicos; y numeral 30 del artículo 1 del Decreto núm. 217-17, de 2017, emitido por el Poder Ejecutivo, mediante el cual se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión por antigüedad al accionante.
Quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0057, en el que Ylsis María Cruz Ramírez y Dilenia Altagracia Santos Muñoz se oponen a los dispositivos segundo y cuarto de la Resolución núm. 28-19, que establece la distribución de la cuota de equidad de género en las candidaturas a regidores, suplentes de regidores, vocales y diputados en las elecciones generales del 2020, dictada por la Junta Central Electoral el 5 de noviembre de 2019. Se dio un plazo de 1 día calendario a ambas partes para presentar el escrito justificado de motivación de sus conclusiones.
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