La Dirección General de Impuestos Internos y la Tesorería de la Seguridad Social informaron a todos los contribuyentes que realicen aportes a sus empleados suspendidos, ya sea que se encuentren o no acogidos al Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado (FASE), podrán realizar la presentación y remisión de los montos pagados.
También se podrán presentar las retenciones de ISR practicadas a este personal, a través de la plataforma SUIRPLUS de la Tesorería de la Seguridad Social, utilizando la casilla de otras remuneraciones y completando la casilla de salario aplicable a la Seguridad Social en cero (0.00).
La remisión antes mencionada conjuntamente con la presentación de la declaración jurada IR-3 formará parte de los documentos que sustentarán el gasto incurrido por este concepto y que deberá ser presentado para fines de Impuesto sobre la Renta para personas jurídicas (IR-2), en la cuenta “otros gastos de personal”, del anexo B-1, conforme se estableciera en el Aviso 48-20, emitido por la Dirección General de Impuestos Internos.
J.S