Por: Edgar Raffa
El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible este viernes a la acción de amparo que buscaba suspender las elecciones extraordinarias congresuales y pesidenciales del próximo 5 de julio.
La alta corte emitió el fallo mediante la sentencia del dispositivo TSE-653-2020, con el voto unánime de los jueces,con motivo de la acción de amparo incoada por José Gilberto Núñez Brun, que pretendía anular la resolución 42-2020, mediante la cual la Junta Central Electoral (JCE) dispuso la posposición de los comicios para el mes de julio por la crisis sanitaria provocada por el coronavirus en el país.
El TSE consideró improcedente la acción de amparo” en virtud de que la actuación atacada no deviene manifiestamente en arbitraria o ilegítima, ya que lo que pretende es la suspensión de los efectos de una resolución emanada del órgano de administración electoral y, consecuentemente, de las elecciones pautadas para el 5 de julio”, explica la sentencia.
El accionate señala que los efectos de que impulsaron a mover las elecciones del 17 de mayo para julio, aún permanecen, por lo que pido la suspensión de los efectos de la resolución de la JCE hasta que exista la condición sanitaria, para poder salvaguardar los derechos de la salud y vida de los dominicanos.
La JCE solicitó al TSE que se declare incompetente de conocer el proceso, ya que es un acto administrativo, por que la vía precisa para conocer la acción es a través del Tribunal Superior Administrativo, pero la alta corte declaró su competencia de esa jurisdicción para conocer el amparo.