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Presidente, vicepresidentes y secretario general PLD no podrán ocupar funciones públicas

El Partido de la Liberación Dominicana aprobó que el presidente, los vicepresidentes y el secretario general  de esa organización no podrán ocupar funciones en el Estado ni ser candidatos a cargos electivos.

La decisión fue tomada en el congreso ordinario José Joaquín Bidó Medina.

Las medidas de que los principales ejecutivos del PLD se dediquen a la organización, renunciando a cargos públicos de elección o designación, fueron definidas como  un avance trascendente en la modificación de los estatutos y los documentos temáticos, a los fines de lograr el fortalecimiento de las actividades internas.

El PLD también reelige a los miembros del Comité Central por cuatro años y amplía su matrícula a 995.

A continuación las decisiones emanadas del congreso José Joaquín Bidó Medina:

SOBRE LA RENOVACION

Se aprobó reducir de 10 a 5 años de militancia partidaria como uno de los requisitos para ser miembro del Comité Central, lo que dará más oportunidades a los jóvenes de acceder a ese organismo.

Se decidió que las y los titulares de las Secretarías del Partido  serán electos por 4 años, no pudiendo permanecer más de 2 períodos. Esto garantiza la alternabilidad en los niveles de dirección partidaria.

Otro aspecto importante es la aprobación de que los Comités Intermedios con más de 30 Comités de Base deben multiplicarse.  También se decidió que las y los Presidentes de Comités Intermedios que sean elegidos como miembros del Comité Central, deberán renunciar a la dirección del mismo, para dar oportunidad a que otros compañeros y compañeras puedan asumir esa función.

Los Comités Intermedios se organizarán por recintos electorales y se crean los Comités Intermedios Sectoriales y Temáticos. Con estas decisiones el Partido estará diversificando las opciones en las que los ciudadanos y ciudadanas puedan organizarse en el PLD.

Otro avance trascendente en la modificación de los Estatutos y los Documentos Temáticos fue el fortalecimiento de las actividades internas del Partido. En ese sentido, quedó aprobado que la o el Presidente, las o los Vicepresidentes y la o el Secretario General no podrán ocupar funciones en el Estado dominicano ni ser candidatos a cargos electivos. En el caso que decidan aspirar a un cargo electivo, deberán renunciar a las funciones partidarias que desempeñan previo a comunicar sus aspiraciones.

Con el propósito de continuar con la cualificación de la militancia partidaria, se aprobó crear el Centro de Formación Política y Gestión de Gobierno, como un órgano de estudios y formación en asuntos políticos, electorales y de gestión pública.

Se decidió la creación de una  Comisión de Justicia Electoral para que en los procesos de elecciones internas del Partido, esta instancia conozca y decida sobre las diferencias que se deriven de las impugnaciones a las decisiones de la Comisión Nacional Electoral; asegurando la unidad, la imparcialidad y la transparencia del proceso.

SOBRE EL COMITÉ CENTRAL SE DECIDIÓ:

El Comité Central es la dirección e instancia superior del Partido después del Congreso y estará integrado por no menos de 955 miembros, quienes permanecerán en sus funciones por un período de cuatro (4) años. También se aprobó el siguiente párrafo de forma transitoria:

PARRAFO (transitorio): Para el período 2021-2025, el Comité Central estará conformado por los 460 miembros actuales del Comité Central, los Legisladores, los Alcaldes y Directores Municipales elegidos en las elecciones del 2020 que sean miembros del Partido; los propuestos por el Comité Político y 300 miembros a ser elegidos en el nivel local, nacional y del exterior, conforme a los criterios que se establezcan en el instructivo aprobado para este propósito.

También se aprobó que serán miembros del Comité Central, los Presidentes Provinciales y Municipales de la organización. Esta decisión hará del Comité Central un organismo más amplio, más horizontal y más representativo de todas las demarcaciones territoriales del país y de las seccionales del exterior.

El IX Congreso aprobó que el Comité Central puede apelar a la figura del Plebiscito como un mecanismo de toma de decisiones extraordinarias en aspectos que corresponden al Congreso Ordinario y que por razones tácticas y por el bien del Partido, no  puedan esperar a la nueva convocatoria. El Plebiscito será convocado por el Comité Central, a propuesta del Comité Político, y participará el Pleno de Dirigentes o el universo de los miembros del Partido según la materia de la que se trate.

COMITÉ POLITICO

Este IX Congreso crea el Comité Consultivo, el cual estará integrado por los miembros del Comité Político que no continúen como parte de este organismo.

Un aspecto de singular importancia en las aprobaciones es el referido a continuar fortaleciendo la modernización de la organización, estableciendo que el PLD tendrá un formato de partido digital o electrónico, que permita realizar y gestionar en línea todos los procesos necesarios para la vida partidaria, para lo cual migrará sus procesos manuales a formatos electrónicos y/o virtuales, garantizando eficiencia y mejora del resultado político.

Las decisiones antes mencionadas y muchas otras no menos importantes aprobadas en el IX Congreso Ordinario José Joaquín Bidó Medina en la Plenaria General recién finalizada garantizarán que el PLD continúe un proceso sostenido de transformación y fortalecimiento de la identidad partidaria. De esa forma la organización experimentará mejoras profundas que la harán cada vez más democrática, eficaz y moderna, para responder a las expectativas de la sociedad del siglo XXI.

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