El Tribunal Constitucional (TC) determinó que las candidaturas para diputados en representación de la comunidad dominicana en el exterior se presenten ante la Junta Central Electoral (JCE) en listas cerradas y desbloqueadas.
La disposición, que se aplicará a partir de las elecciones de 2024, modifica el artículo 111 de la ley 15-19, Orgánica de Régimen Electoral y los artículos 18 y 2 del reglamento para el Voto del Dominicano en el Exterior, que ordenaba la presentación los candidatos en listas cerradas y bloqueadas.
Esto último permitía que los candidatos colocados por los partidos en primer orden en las listas, se beneficiaran de la mayoría de los votos en detrimento de quienes figuran más abajo.
Lo ordenado por el TC responde a una acción directa de inconstitucionalidad incoada por Germán Ramírez contra el artículo 7 de la ley 136-11, sobre la elección de diputados y diputadas representantes de la comunidad dominicana en el exterior, y el párrafo II del artículo 6 del reglamento para la aplicación de la ley 136-11, dictado por la Junta Central Electoral.
El TC dispuso, además, la obligación de acoger su fallo a los organismos competentes, para que procedan a la revisión de las normas y los actos dictados en ejecución o aplicación de la disposición anulada, “y adecuarlos a las consecuencias derivadas de la presente decisión”, sin que en modo alguno ello implique afectar la seguridad jurídica que resulta de los procesos electorales ya consumados.
A partir de las elecciones de 2012 los dominicanos en el exterior eligen a siete diputados en tres demarcaciones que incluyen a estados, ciudades y territorios de Estados Unidos, América Latina y Europa.
De ese número se elige obligatoriamente a al menos una mujer en cada circunscripción. EFE