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CNSS extiende hasta 31 de enero plazo cobertura de atenciones médicas a trabajadores suspendidos

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El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la resolución No. 511-01 dispuso que todos los trabajadores suspendidos junto a sus dependientes directos y adicionales, continúen con la cobertura que le ofrece su afiliación al Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo.

Durante una reunión virtual extraordinaria se extendió la cobertura desde el 1ero. al 31 de enero del 2021 con el objetivo de que dichos trabajadores continúen solicitando servicios de salud si así lo requieren, según informó el Gerente General del CNSS, Félix Aracena Vargas.

El funcionario explicó que, para garantizar la protección a la salud, el Sistema ha autorizado el pago para los servicios de la población a la Salud con cargo a la Cuenta Cuidado de la Salud, lo que ha afectado la disponibilidad de los recursos en dicha cuenta.

Informó que la resolución autoriza al Presidente y al Gerente General del CNSS a realizar gestiones ante el Poder Ejecutivo, a los fines de buscar alternativas de financiamientos, para la protección futura de los trabajadores con contratos suspendidos.

“Esta disposición protege a miles de trabajadores que continúan siendo afectados por la suspensión de sus contratos de trabajo. El periodo de protección se había vencido por tal motivo la extensión de la cobertura”, dijo.

Destacó que la resolución detalla que en caso de no aprobarse la cobertura de 31 días más del Seguro Familiar de Salud (SFS), así como, las coberturas de los Subsidios por Enfermedad, Maternidad y Lactancia, dichos trabajadores, sus dependientes directos y adicionales, quedarían desprotegidos y dejados a merced de su suerte, lo que podría ser catastrófico e inhumano tomando en cuenta el Estado de Emergencia Nacional que vive el país, en virtud de los efectos del COVID-19.

Aracena Vargas, dijo que el Gobierno ha ido adoptando de manera escalonada una serie de medidas y políticas, de carácter económico y social, conforme las recomendaciones de las autoridades internacionales de salud, imprescindibles para procurar el menor número de personas afectadas por la pandemia.

Dicha aprobación incluye las coberturas a los recién nacidos para garantizarles los beneficios del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), quienes podrán solicitar servicios de salud sin contar con el Número de Seguridad Social (NSS) y se mantiene la cobertura a los afiliados dependientes directos, que cumplan durante este período 18 y 21 años, respectivamente, siempre que sean estudiantes.

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