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Poder Ejecutivo prorroga actual toque de queda hasta 8 de marzo

El Poder Ejecutivo prorrogó este domingo las actuales medidas de toque de queda hasta el próximo lunes 8 de marzo, mediante el decreto 107-21.

El decreto del Poder Ejecutivo mantiene vigente todas las medidas de distanciamiento social y los horarios de toque de queda para combatir la COVID-19 desde el lunes 22 de febrero hasta el lunes 8 de marzo e indica que en su momento las autoridades revisarán las medidas.

Recuerda que las medidas establecen que el horario de toque de queda en el territorio nacional de lunes a viernes, es de las 7:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana, mientras que los sábados y los domingos es desde las 5:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana.

El decreto del presidente Luis Abinader dispone de una gracia de libre circulación, de 3 horas adicionales todos los días, con el propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias. El libre tránsito de lunes a viernes es hasta las 10:00 de la noche, mientras que los sábados y los domingos es hasta las 8:00 de la noche.

Resalta que las medidas forman parte de la estrategia preparada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para guiar la respuesta estatal durante la pandemia de la COVID-19, que establecen que los países con transmisión comunitaria, como la República Dominicana, deben adoptar medidas de distanciamiento físico y restricciones de movimiento que reduzcan el contacto de las personas para reducir la mortalidad y curva de contagio de la enfermedad, así como para aliviar parte de la presión de los servicios de atención médica.

El decreto reitera lo contenido en el capítulo IV del decreto 37-21, que contiene todas las medidas de salud, donde se confirma que en el territorio nacional es obligatorio el uso de mascarillas en lugares públicos y privados de uso público.

Además, indica que es obligatorio cumplir con las demás medidas y protocolos de distanciamiento social adoptados por las autoridades correspondientes y recuerda que su incumplimiento será sancionado con las disposiciones que establece la ley de Salud, número 42-01.

También se mantienen prohibidas las actividades y eventos masivos que impliquen la aglomeración de personas.

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