El presidente Luis Abinader estableció una veda en todo el territorio nacional que prohíbe la caza de 13 especies marinas, mediante el decreto número 326-21.
La prohibición queda establecida para el pez loro y los popularmente llamados jobón, cotorra y botú, todas las especies del pepino de mar, holothuroidea, así como la anguila rostrata.
El documento indica que solo será permitida la recolección de holoturias en una base anual de hasta 50 individuos por especie, para fines de estudios científicos, previo sometimiento y aprobación por parte de Codopesca, de un proyecto que justifique tales colectas.
Cada una de estas vedas abarcará sus respectivos períodos de cada año, en concordancia con las vedas regionales adoptadas dentro del marco Sica-Ospesca.
De igual forma, se prohíbe la captura, el procesamiento y la tenencia de carne o masa no declarada de cualquiera de las especies señaladas.
Toda persona física o jurídica que tuviese existencia ejemplares vivos en cautiverio o procesados de cualquiera de las especies indicadas, estará en la obligación de declarar la existencia en almacén o en centro de acopio al Codopesca dentro del plazo de cinco días a partir de la fecha de entrada en vigencia del período de veda. Al vencer este último plazo, cualquier existencia comprada será considerada ilegal e incautada.
Que el Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (Codopesca), creado mediante la ley número 307-04, del 15 de diciembre de 2004, es la entidad encargada de regular, desarrollar, fomentar y fiscalizar la explotación e investigación pesquera y acuícola, y la extracción de los recursos bióticos de República Dominicana, precisó uno de los considerandos del decreto.
Se agregó que el Codopesca, para cumplir con su misión institucional, desarrollar una política abierta, democrática y participativa en las alianzas estratégicas entre el Estado, las comunidades y el sector empresarial, a fin de comprometer a todos los actores públicos y privados que intervienen en la gestión de los recursos pesqueros y acuícolas.