Raquel Arbaje manifiesta que si el proyecto de ley del Código Penal discrimina, no es justo - N Digital
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Raquel Arbaje manifiesta que si el proyecto de ley del Código Penal discrimina, no es justo

La primera dama, Raquel Arbaje, manifestó que si el proyecto de modificación del Código Penal discrimina lo considera no justo.

A través de un mensaje desde su cuenta oficial de Twitter, Arbaje escribió que a su parecer el Senado de la República debe recibir y escuchar las propuestas de las organizaciones y personas que confirman la comunidad LGBTQ para argumentar sobre los artículos modificados que se refieren a la discriminación por orientación sexual.

“Entiendo el Senado debe recibirles y escucharles como lo hice en la oficina a @RosannaMarzan y otros jóvenes profesionales. Hay detalles que creemos no ocurren y sí, se discrimina y eso no es tener un código penal justo.

Representantes de la comunidad LGBTIQ+ de la República Dominicana se manifestaron este lunes ante el Congreso Nacional para exigir que se rectifique el proyecto de Código Penal aprobado en la Cámara de los Diputados, que no castiga la discriminación por motivo de la orientación sexual.

El colectivo rechazó el proyecto de ley aprobado el pasado 30 de junio en la Cámara de Diputados y pidió que se modifique en el Senado para garantizar la protección de los derechos de la comunidad de homosexuales, lesbianas, bisexuales, transexuales, intersexuales y queer.

La directora ejecutiva de la ONG Colesdom, Rosalba Karina Crisóstomo, demandó que el nuevo Código Penal “garantice la protección de todos los ciudadanos y ciudadanas dominicanos sin distinción”.

El pasado miércoles la Cámara de Diputados excluyó del articulado del nuevo Código Penal la orientación sexual y el género como supuestos para aplicar el delito de discriminación.

También se eliminaron esos supuestos de la lista de agravantes en el caso de homicidios o torturas, algo que según la comunidad LGBTIQ puede desprotegerlos ante la violencia homófoba.

La Cámara también incluyó un párrafo que estipula que “no habrá discriminación cuando el prestador de servicios o contratante fundamente su negativa para objeción de conciencia, religiosa, ética, moral o por requisitos institucionales”.

Si este texto es aprobado por el Senado, no se podría juzgar a alguien por negarle un servicio a una persona o por negarse a contratarla por cualquier motivo, siempre que lo fundamente en sus creencias religiosas.

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