A través del Proyecto de Ley de Responsabilidad Fiscal, el Gobierno plantea disminuir los montos asignados al Fondo de Calamidad Pública y lo asignado al Fondo del Presidente de la República.
En lo relativo a la derogación y modificaciones de leyes sobre asignaciones presupuestarias, el proyecto de reforma plantea que el Fondo del Presidente, que establece en el Artículo 32 de la Ley 423-06, la asignación de un 5% de los ingresos corrientes estimados, para que en lo adelante sea asignado un 0.7% de los ingresos corrientes estimados.
También se reduce de 1% a 0.1% lo consignado al Fondo de Calamidad Pública, previsto en el Artículo 33 de la Ley 423-06.
Lo que si permanecerá sin cambios, es la asignación del 4% del PIB destinado para la educación preuniversitaria, consignados en el Artículo 197, de la Ley 66-97.
“Con la propuesta de modificación, se ajustarán los montos discrecionales otorgados al presidente y al Fondo de Calamidad Pública, mientras que la asignación del 4% a educación preuniversitaria permanece intacto”, indica el voluminoso proyecto de reforma fiscal.
El Gobierno se plante la revisión y modificaciones de 23 leyes que condicionan el uso de fondos públicos y que estima constituyen rigideces presupuestarias para asignación del gasto público.
Estas leyes comprometen el 11.8% del Producto Bruto Interno e impacta al 61.5% del total general del gasto.
A continuación las leyes que especializa fondos del presupuesto a instituciones.