El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional declaró sentencia absolutoria en favor de Conrado Pitaluga respecto a su vinculación en los sobornos de Odebrecht.
El tribunal determinó que el Ministerio Público dejó una duda razonable respecto a su participación de soborno.
“Este tribunal entiende que no se ha demostrado en este proceso que el imputado Conrado Enrique Pitaluga haya incurrido en el tipo penal de sobornos en el comercio y la inversión y al no demostrarse el delito precedente, como elemento subjetivo necesario, sobre lavado de activo, tampoco ha incurrido en violación a esa ley”, apuntan las magistradas.
Indicó Pitaluga cumplió con el contrato para lo cual fue contratado de crear una compañía offshore.
También que el dinero entregado a su favor, no le fue transferido a ningún otro de los implicados y que aún lo conserva.
Las magistradas dijeron que está demostrado que Pittaluga recibió sus honorarios por sus servicios y todavía guarda el dinero, por lo que no transfirió fondos a otro imputado, como supuesto pago de sobornos.
Al no existir el delito de soborno, también se le absolvió por el delito conexo de lavado de activos.
Este jueves el tribunal dicta sentencia del caso Odebrecht, en el que se investiga el pago de sobornos por parte de la constructora brasileña para adjudicarse obras públicas en el país y conseguir la aprobación de la correspondiente financiación.
La empresa admitió haber pagado 92 millones de dólares en sobornos entre 2001 y 2014, en un acuerdo firmado con la Justicia de Brasil, Estados Unidos y Suiza.