El Tribunal Constitucional (TC) anuló la sentencia que buscaba inmovilizar el yate de nombre “Balbie” que reclamó una empresa a nombre del yerno del exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, apresado en el juicio de sobornos de Odebrecht.
El tribunal acogió un recurso de revisión interpuesto por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), contra la sentencia 047-2021-SSEN-00009, dictada el 1 de febrero del presente año por la Novena Sala Penal del Distrito Nacional.
Ese tribunal acogió una acción de amparo interpuesta el 18 de enero de 2021 por Leonardo Guzmán Font-Bernard, en representación de la empresa Nutberry Limited BVI.
El fallo revocado por el TC ordenó “el cese inmediato de la fuerza ejecutoria” de la resolución 0069/17, emitida por el juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Francisco Ortega Polanco, el 9 de septiembre de 2017, que ordenó “la inmovilización de la embarcación tipo lancha marcha Pershing, de 60 pies de eslora, de nombre Balbie, número de registro 746600, color azul”. A su vez, la Corte Constitucional declaró inadmisible la acción de amparo “por notoria improcedencia”.
En las motivaciones de la sentencia TC-0368-21, el TC aclaró que aunque en el expediente que decidió consta que la embarcación Balbie pertenece a la compañía Nutberry Limited, BVI, representada por Guzmán Font-Bernard, que no están incluidos en el caso Odebrecht, la lancha forma parte del proceso como cuerpo del delito.
Señaló que el juez de amparo no puede conocer sobre particularidades y cuestiones de las cuales está simultáneamente apoderada la jurisdicción penal, “pues con ello se estaría invadiendo el ámbito de la jurisdicción ordinaria y se desnaturalizaría la acción de amparo”.
“Este colegiado estima procedente declarar inadmisible por notoria improcedencia la acción de amparo promovida por la razón social Nutberry Limited BVI, con base en el artículo 70.3 de la Ley núm. 137-11, pues al momento de someterse dicha acción, la jurisdicción penal se encontraba apoderada de la cuestión principal”, señaló el TC.
El 14 de octubre, el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional ordenó el decomiso a favor del Estado dominicano de varios bienes del exministro de Obras Públicas, entre los que figura el yate Balbie.
Las juezas Esmirna Gisselle Méndez, Tania Yunes Sánchez y Jissel Naranjo también condenaron a Díaz Rúa a 5 años de prisión, al hallarlo culpable de lavado de activo provenientes del enriquecimiento ilícito y al pago de una multa de 200 salarios mínimos.