Por Suanny Acosta.- Conforme a la formulación del Ministerio Público sobre este caso y de acuerdo a lo que establece la Ley del Código Penal, Alexis Villalona podría enfrentar una pena de hasta 10 años de prisión, esto tras agredir a una mujer en Baní el pasado 31 de diciembre.
De acuerdo al abogado Cándido Simón “se trataría de una violación del artículo 309 del Código Penal que sanciona con penas de seis meses a dos años de prisión y una multa no más de cinco mil pesos “si de los golpes, heridas o vías de hecho resultare al agraviado una enfermedad o imposibilidad de dedicarse el trabajo por un tiempo de más de 20 días”.
El artículo 309 establece además que: “podrá además condenársele a la privación de los derechos mencionados en el artículo 42, durante un año a lo menos, y cinco a lo más. Cuando las violencias arriba expresadas hayan producido mutilación, amputación o privación del uso de un miembro, pérdida de la vista, de un ojo, u otras discapacidades, se impondrá al culpable la pena de reclusión. Si las heridas o los golpes inferidos voluntariamente han ocasionado la muerte del Agraviado (a), la pena será de reclusión, aún cuando la intención del agresor (a) no haya sido causar la muerte de aquel”.
Mientras que, el artículo 309-1 señala que: “constituye violencia contra la mujer toda acción o conducta, pública o privada, en razón de su género, que causa daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, mediante el empleo de fuerza física o violencia psicológica, verbal, intimidación o persecución”.
La situación de Alexis Villalona se agrava más por el porte de arma de fuego que según la ley, específicamente en el artículo 309-3, “se castigarán con la pena de cinco a diez años de reclusión”.
Asimismo, Simón se refirió a que la prima hermana del agresor de Bani que le dio albergue podría enfrentar cargos ante la justicia de hasta 2 años de prisión por ocultamiento.
“Por otra parte, la prima hermana de que guarneció en su casa a Alexis Villanueva podría ser procesada, juzgada y condena por el delito de “ocultamiento de prófugo” previsto y sancionado con pena correccional de hasta dos años de prisión por el artículo 248 del indicado Código, que solo exonera de responsabilidad penal a los padres, madres, abuelos, nietos, esposos o convivientes y hasta los hermanos que ocultaren el pariente perseguido por la justicia, pero esta excepción no protege a los primos hermanos”, aseguró.
Mientras que el fiscal titular de la provincia Peravia, Ángel Darío Tejada, afirmó también que hay familiares y personas, que van a contemplar someter a la justicia, según la ley.
Asimismo, el fiscal se refirió a la dama que acompañaba a Villalona, que es una víctima también.
“La persona que acompañaba a Alexis, incluso tenemos la evidencia de que estaba embarazada y ustedes vieron que incluso trato de intervenir para que no agrediera a la víctima Santa Arias y ustedes vieron cuál fue la reacción”, dijo.
Tras ser cuestionado por la prensa, pidió a que tengan paciencia y que le den seguimiento a la medida de coerción que se estará conociendo este sábado.
La Policía Nacional informó la captura del prófugo Alexis Villalona, quien fue detenido en la comunidad de El Fundo, del municipio de Baní.
Villalona estuvo prófugo de la justicia por 14 días, tras agredir brutalmente a una mujer en Baní hasta dejarla tirada en el pavimento el pasado 1 de enero.
El organismo del orden desplegó un amplio operativo para su búsqueda, en el que intervino cabañas, moteles de la zona sur del país, y otros puntos donde tenían reportes de que Alexis Villalona podría haberse refugiado.