En una sesión caracterizada por el debate entre los voceros de las diferentes bancadas, senado de la República aprobó hoy en primera lectura el proyecto de Ley de Extinción de Dominio para el decomiso civil de bienes ilícitos.
La pieza que cruzó con 24 votos a favor y 3 en contra.
Se opusieron los miembros de la bancara peledeísta Yvan Lorenzo de Elías Piña, Valentín Medrano de Independencia y José del Castillo de Barahona.
Debate
Durante la sesión el vocero de la bancada peledeísta, Yván Lorenzo, dijo el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) no votaría por esta ley, indicando que la misma no se había preparado conforme a lo establece la Constitución.
Denuncio hoy que hay funcionarios del Gobierno han sacado fortunas del país, colocándola en paraísos fiscales, con lo que evitan que esos recursos paguen impuestos y generen riqueza al país.
Al tomar su torno el senador por la provincia Pedernales, Dioni Sánchez, llamó hoy a que la pieza fuera discutida sin prisa para evitar su fracaso en caso de ser llevada al Tribunal Constitucional por la prescripción de veinte años consignada en el artículo 20 del proyecto de ley.
Sánchez dijo que la bancada de la Fuerza del Pueblo votará la pieza de forma crítica.
“Como los nosotros, en la Fuerza del Pueblo, no tenemos nada que temer, votaremos de manera crítica por esta ley, pero advertimos que debe debatirse cuidadosamente para que no fracaso se llega al Tribunal Constitucional por lo que estable en su artículo 10”, dijo el senador.
“La acción de extinción de dominio será imprescriptible para los bienes de origen ilícito. Para los bienes de destino ilícito la acción prescribirá en veinte (20) años, contados a partir de que el bien se haya destinado a realizar los hechos ilícitos”, dice el artículo 10 del proyecto de ley.
La iniciativa legislativa tiene el objetivo de establecer el marco legal para la regulación de la extinción de dominio de bienes ilícitos, definir las consecuencias y facultades de las autoridades responsables de su aplicación, reconocer los derechos y garantías de los intervinientes, sentar los principios fundamentales para el funcionamiento del sistema de administración de los bienes decomisados; así como el procedimiento requerido para su declaración judicial a favor del Estado dominicano.