Restricción de venta de bebidas alcohólicas no es una novedad; medida está contenida en el Decreto 308-06 - N Digital
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Restricción de venta de bebidas alcohólicas no es una novedad; medida está contenida en el Decreto 308-06

bebidas alcohólicas

La medida establecida por el Ministerio de Interior y Policía de reducir el horario de expendio de bebidas alcohólicas en la provincia de Santo Domingo, a partir de las 12 de la noche de domingos a jueves y desde de las dos de la madrugada los sábados y domingos, que ha provocado el rechazo de diversos sectores de la sociedad, no es algo nuevo; dicha restricción está contenida en el decreto No. 308-06, del 24 julio del 2006.

Pese a este mandato, todos los años, a excepción de los posteriores a la pandemia del COVID-19, en el período navideño la prohibición es levantada por el propio Ministerio de Interior y Policía.

Lo novedoso realmente seria si para las festividades de Navidad y fin de año, de este 2022, las autoridades mantienen la restricción de venta de bebidas alcohólicas, y no flexibilizan los horarios como se hace todos los años.

Un ejemplo de esto es en 2016, cuando el ministro de Interior y Policía, José Ramón Fadul, recordó enfáticamente que el levantamiento de las restricciones del horario para la venta de bebidas alcohólicas concluía el 8 de enero del 2016. La misma, fue ajustada para facilitar el entretenimiento nocturno en el país, a partir del día 10 de diciembre de 2015.

Sobre la resolución

El pasado 8 de noviembre el Ministerio de Interior y Policía emitió una resolución en la que prohíbe el consumo y expendio de bebidas alcohólicas en todos los establecimientos comerciales de la provincia Santo Domingo desde las 12 de la madrugada hasta las 8:00 de la mañana de lunes a domingo.

El considerando de la medida indica que resulta indispensable que las autoridades frente a situaciones que afectan el orden público y requiere de la urgente intervención del Estado para reparar los daños causados.

La restricción abarca los municipios Santo Domingo Este, Santo Domingo Oeste, Pedro Brand, Los Alcarrizos, San Antonio de Guerra y los distritos municipales pertenecientes a las demarcaciones antes mencionadas en Santo Domingo. La medida no abarca al Distrito Nacional, según consta en la resolución enviada a este medio.

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