La tardanza de la Suprema Corte de Justicia en conocer el recurso de casación incoado por el alcalde del Ayuntamiento Jaquimeyes, Carlos Valentín Bautista, es violatorio al Artículo 427 del Código Procesal Penal, que establece un plazo de un mes para decidir en esta materia.
Sin embargo, causa extrañeza que el alcalde Carlitos Pollo sometió un recurso de casación hace más de cuatro meses y aún no se conoce, ni tampoco se ha fijado fecha futura para ser ventilado en la SCJ.
El Artículo 427 del CPP, sobre procedimiento y decisión en casación es claro en establecer que:
“Para lo relativo procedimiento y la decisión sobre este recurso, se aplican, analógicamente, las disposiciones relativas al recurso de apelación de las sentencias, salvo en lo relativo al plazo para decidir que se extiende hasta un máximo de un mes, en todos los casos”.
También te puede interesar leer:
¡La envidiable suerte de Carlitos Pollo! SCJ le engaveta recurso casación
MORA JUDICIAL
Sobre este tema fue consultado el reconocido jurista Félix Portes, quien estima que esta tardanza es normal y lo atribuyó a la mora judicial propia del reducido presupuesto que tiene el sistema de justicia dominicano.
Indicó que hay un cúmulo de trabajo que se dificulta darle salida a los casos en los plazos establecidos.
“Hay un cúmulo de trabajo, una mora judicial debido a la necesidad que tiene el Poder Judicial a que se cumpla con el porcentaje presupuestal que establece la ley, pues requiere más personal, abogados ayudantes, paralegales, para poder cumplir con los plazos de ley”, sostuvo Portes en declaraciones a N Digital.
En teorías y por ley, el presupuesto del Poder Judicial, conjuntamente con el Ministerio Público, es 4.10% del Presupuesto Nacional y se distribuye en un 65% para la Suprema Corte de Justicia y un 35% al Ministerio Público.
“No se pude hablar de violación al Código Procesal Penal, si se le está violando la ley al Poder Judicial”,sostuvo Portes.
Caso Carlitos Pollo
El jueves 27 de julio, SCJ fijó audiencia para conocer el recurso de casación interpuesto por Carlitos Pollo, pero no se realizó y no hubo explicación.
Una fuente del tribunal de alzada explicó, en ese momento, que “todavía se estaba dentro de los plazos y no había inconveniente”.
N Digital ha tratado de obtener una explicación por ante la SCJ del por qué la tardanza, pero sin resultados positivos.
Es gracias a este recurso de casación, que el juez de Ejecución de la Pena de Barahona, Joselín Medina Pérez, no ha podido hacer efectiva la condena de tres años en contra de Carlitos Pollo y tendrá que esperar por lo que se decida en este sentido.