SANTIAGO DE LOS CABALLEROS, – El Ayuntamiento de Santiago, a través de la Oficina Municipal de Planeamiento Urbano (OMPU), solicitó a todas las empresas publicitarias que cumplan con la Ley Orgánica 15-19 de Régimen Electoral de la República Dominicana y la Ordenanza 2719-05 que regula la publicidad exterior en el municipio, retirando todo tipos de publicidad política que aún están colocadas en vallas y en otras formas.
Mediante este comunicado oficial, la OMPU aclaró que todas las publicitarias deben acatar las disposiciones de la Ley 15-19 sobre Régimen Electoral y pide un cumplimiento estricto de la Ordenanza 2719-05 y la Ley 6232-63 sobre Planeamiento Urbano, cuyo régimen de consecuencias es de obligatorio cumplimiento en todo el Municipio de Santiago.
Se otorgó un plazo de 72 horas laborables para el cumplimiento de lo establecido en la comunicación, además, se advirtió que pasado este plazo, la alcaldía procederá a retirar toda publicidad irregular y multar a quienes continúen violando la ley.
Según el Artículo 170, numerales 2 y 3 de la Ley 15-19, se define la Divulgación y Propaganda Electoral, prohibiendo la colocación, fijación, pegado o pintura de publicidad en oficinas, edificios y locales de propiedad pública, monumentos, construcciones de valor histórico-cultural, parques municipales, edificios religiosos, edificios de organismos paraestatales, vehículos oficiales y zonas reguladas del Municipio de Santiago.