La Ley 176-07, del Distrito Nacional y Los Ayuntamientos, faculta al presidente Luis Abinader para designar el nuevo alcalde del Ayuntamiento de La Vega, ante la vacante dejada por la promoción de Kelvin Cruz, como ministro de Deportes, y la renuncia de la vicealcaldesa, Amparo Custodio.
La Ley 176-07 establece en su Artículo 64 que la vacante de síndico es llenada con el vicesíndico, quien prestará juramento ante el Concejo Municipal, en sesión extraordinaria convocada a1 efecto.
Sin embargo, en el Párrafo I del referido artículo, se establece que: “Si no hubiera vicesíndico/a, el presidente/a del Concejo Municipal se dirigirá al Presidente de la Republica para que proceda a su designación conforme el procedimiento establecido en la Constitución de la Republica”.
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En el caso del Ayuntamiento de La Vega, donde renunció la vicealcaldesa Custodio, entonces corresponde al secretario general del ayuntamiento ejercer las funciones de alcalde, de manera provisional, hasta que se designe el nuevo edil.
PROCEDIMIENTO
Una vez el presidente de la República envía la terna para llenar la vacante del alcalde, entonces el Concejo Municipal procede conforme al Artículo 36, de la Ley 176-07.
En el Párrafo I del citado artículo se plantea: “Cuando ocurran vacantes en 1os cargos de regidor/a o sindico/a y estas no se puedan cubrir por haberse agotado 1os posibles sustitutos dentro de la candidatura del partido político o agrupación a la que corresponden, se procederá conforme lo dispone la Constitución de la Republica”.
Párrafo 11: “Corresponde a1 Concejo Municipal conocer acerca de las vacantes que se produzcan en 1os cargos de sindico/a, vicesíndico/a y regidor”