Dentro de las investigaciones que se llevarán a cabo contra del director de Proyectos Especiales de la Presidencia (Propeep), José Leonel “Neney” Cabrera, se encuentra una querella interpuesta por su hermana por presunta estafa, falsedad en documentos privados y lavado de activos relacionados a una herencia familiar.
Sara Olimpia Cabrera Bencosme se querelló contra su hermano, a quien acusa de cometer crímenes como estafa, falsedad en documentos privados y públicos, uso de documentos falsos y asociación de malhechores.
La Suprema Corte de Justicia designó a Justiniano Montero Montero como el juez de instrucción especial de la investigación en contra del director de Proyectos Especiales de la Presidencia (Propeep), José Leonel “Neney” Cabrera.
Los tipos penales son sancionados en los artículos 147, 148, 150, 151, 265, 266 y 405 del Código Penal; y los artículos 2 numeral 11, 3 numerales 1), 2) y 3) de la Ley núm. 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.
Tras darse a conocer el caso, el abogado Miguel Valerio aclaró que la litis entre el ministro José Leonel Cabrera Abud (Neney) y su hermana Sara Olimpia Cabrera Bencosme por una herencia, es un asunto de carácter civil y no tiene relación alguna con sus funciones como encargado de la Dirección General de Proyectos Estratégicos y Especiales de la Presidencia, ni con los programas que lleva a cabo en todo el país.
Insistió en que el conflicto judicial con su hermana es un asunto de carácter privado, relacionado con la herencia de bienes dejados por su padre fallecido.
Valerio explicó que la fijación de una audiencia sobre la litis, surgida el pasado año, fue ante una solicitud hecha por Neney, al Ministerio Público de archivo de la querella por ser una acción temeraria ya que no tiene justificación ni fundamento jurídico.
Según el abogado aclaró que este caso no tiene nada que ver con la investigación que lleva a cabo la Dirección General de Compras y Contrataciones por el programa Pinta Tu Barrio a cargo de la Propeep.
Ademas, Neney Cabrera estará siendo investigado por la Dirección General de Compras y Contrataciones por supuestas irregularidades en el programa “Pinta Tu Barrio” a cargo de la Propeep.
El inciso 1ro. del artículo 154 de la Constitución de la República atribuye a la Suprema Corte de Justicia competencia para conocer, en única instancia, de las causas penales seguidas al: Presidente y Vicepresidente de la República; Senadores, Diputados, Jueces de la Suprema Corte de Justicia, del Tribunal Constitucional;
Así como también ministros y viceministros, procurador general de la República; jueces y procuradores generales de las Cortes de Apelación o equivalentes, jueces de los tribunales Superiores de Tierras, de los Tribunales Superiores Administrativos y del Tribunal Superior Electoral; – Defensor del Pueblo, miembros del Cuerpo Diplomático y jefes de misiones acreditados en el exterior; miembros de la Junta Central Electoral, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Monetaria.