Un hombre fue condenado a 30 años de prisión tras ser acusado por el el Ministerio Público de asesinar al guardián de una banca de apuestas, durante un atraco ocurrido en marzo del pasado año en el sector Arroyo Hondo III.
El imputado es identificado como Annuel Etienne, de nacionalidad haitiana, quien deberá cumpolir la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo-Hombres, en San Cristóbal.
La desición fue tomada por el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, representado por los jueces Vladimir M. Rosario, Milagros M. Ramírez y Leticia Martínez Noboa.
Mediante una nota de prensa enviada a los medios este miércoles dice que el acta de acusación instrumentada por la Fiscalía del Distrito Nacional sostiene que el 22 de marzo de 2022, alrededor de la 3:15 de la tarde, el hoy condenado se presentó armado junto a otros dos sujetos en la Plaza Génesis, en la avenida República de Colombia, Arroyo Hondo II, donde opera la oficina del Consorcio de Bancas Báez.
Una cámara de seguridad que funciona en el negocio captó el momento en que los asaltantes ingresaron en las oficinas y de inmediato hirieron de gravedad en el muslo izquierdo al agente de seguridad Leurys García Valerio, a quien desarmaron y amordazaron, para sustraer de una gaveta dos fundas de dinero que contenían 47 mil 900 pesos.
Testigos del hecho llamaron al sistema de emergencias 9-1-1 para informar sobre el hecho y unos minutos después se presentó al lugar una unidad de la Policía y un equipo paramédico, que recogieron al vigilante herido y lo condujeron de urgencia al hospital Ney Arias Lora, donde falleció a causa de la herida recibida en la femoral izquierda.
Dos de los hombres huyeron del lugar a bordo de un carro Toyota, pero un tercero, Annuel Etienne, se escondió debajo de un vehículo estacionado en el parqueo, desde donde disparó varias veces a los agentes, quienes repelieron el ataque y lo arrestaron.
Sus cómplices, uno llamado Marino y otro sin identificar, permanecen prófugos.
Durante la audiencia, el fiscal litigante Orlando Santos demostró que los hechos cometidos por Etienne constituyen los tipos penales de asociación de malhechores, homicidio voluntario y robo con violencia, delitos previstos y sancionados en los artículos 265, 266, 295, 304, 379, 382 y 385 del Código Penal y los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.