En el expediente depositado por el Ministerio Público en donde solicita medida de coerción contra el ciudadano francés Georges Antoine Thevenet, se establece como una evidencia el nombre de la casa comercial y las facturas en donde fue adquirido el producto por lo cual fallecieron una mujer y su bebé de dos meses de nacida, en el ensanche Piantini, Distrito Nacional.
Conforme al documento acusatorio, remitido por la Fiscalía del Distrito Nacional a la Oficina de Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, se revela que el químico mortal fosfuro de aluminio fue comprado por el imputado en la empresa Importadores Veterinarias y Agrícolas SRL, en fecha 19 de enero 2024.
Indica, además, que el producto según consta en la factura encontrada por los investigadores y que constan en el expediente acusatorio, fue vendido bajo el nombre o marca comercial Quickphos de 56 FT de 480 tabletas cuyo valor ascendió a RD$ 2 mil 425.00.
El Ministerio Público depositó la solicitud de medida de coerción contra el ciudadano francés Georges Antoine Thevenet, quien realizó la fumigación en el noveno piso de la Torre Da Silva III, en Piantini, del Distrito Nacional, producto de lo cual fallecieron una mujer y su bebé de dos meses de nacida.
La instancia con la solicitud de prisión preventiva, como media de coerción, fue depositada en la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional.
El Ministerio Público del Distrito Nacional, a través del Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos Contra la Persona, estableció en la solicitud de orden de arresto que, en momentos en que el imputado se encontraba realizando la fumigación el pasado 19 de enero, expuso y afectó con los componentes químicos a Adelle Ruiz Leen y a su hija menor de edad, al igual que a su esposo José Luis Acra y a otro menor de edad de un año y tres meses de nacido, hijo de ambos, quienes también se encontraban en la residencia donde ocurrió el caso.
El imputado Thevenet enfrenta cargos por violación al artículo 319 del Código Penal Dominicano, artículo 122 de la Ley No. 52-01 General de Salud, artículo97, 175, numeral 6, y 176 de la Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
El tribunal dictó la orden de arresto al considerar que existen suficientes evidencias que les vinculan con el hecho por el que se le investiga.