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La Junta reitera observadores de escrutinio pueden entrar a colegios electorales

Jáquez

La Junta Central Electoral reiteró a los miembros de los colegios electorales y la Policía Militar Electoral que los observadores de escrutinio acreditados por este organismo, pueden entrar a los colegios, una vez concluida la votación y grabar el conteo de votos desde las mesas de votación.

Comunicado JCE

La resolución 03-2024 permite que el observador de escrutinio pueda entrar al colegio electoral luego de las 5:00 p.m. una vez cerrado el proceso de votación.

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