Por: Israel Figueroa. – Los familiares del periodista José Miguel Montero, de 46 años, nunca se imaginaron que su pariente iba a morir una hora y media después de someterse a una cirugía ambulatoria de naríz que abarcaría corrección del tabique, uvuloplastia y reducción del cornete en el Centro Médico Antillano, y que a juicio del patólogo Sergio Sarita Valdés se debió a descuidos médicos.
Sin oxígeno, ni aparatos de monitoreo cardíaco y control de signos vitales, tras la cirugía el paciente fue llevado a una sala del centro, sin embargo, el cuerpo médico y paramédicos se enteraron que se encontraba en una crítica situación, por la voz de alarma que dio su esposa, al percatarse que no estaba respirando y las uñas estaban enrojecidas.
“No aparecía ni un tanque de oxígeno en la habitación” estableció la señora Milagros De Oleo Ramírez.
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En el expediente, en el que el Centro Médico Antillano fue condenado al pago de 4 millones 500 mil pesos y los doctores Carlos Marmolejos Oliva y el otorrino Gabriel Molina a igual monto, la viuda revela que “él estaba bien y que la operación estaba prevista para ser ambulatoria e irnos al otro día” debido a que su esposo no padecía ninguna enfermedad. “El descuido fue que lo dejaron tirado”.
Tanto su hijo, su esposa y el otorrino Gabriel Montilla que lo atendió confiesan que estaba en condiciones saludables al momento de la operación electiva.
“No se llevó el paciente a la sala de recuperación, aunque hay una en el centro, porque se encontraba en una situación estable y normal” y consideraron que pudo haber tenido alguna complicación de otra índole que no se reflejara en los estudios médicos previo a la cirugía.
Sin embargo, la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional entendió que a pesar de que en toda intervención médica está latente el elemento del riesgo, el Centro Médico Antillano y los doctores Gabriel Molina Mañé y Carlos Marmolejos, “debieron tomar las precauciones necesarias para evitarlos de modo que pudieran afectar al paciente antes, durante y después del proceso a que fue sometido el fenecido, señor José Miguel Montero”.
También que el centro médico faltó a su obligación en cuanto al paciente pues al tratarse de una cirugía de tal magnitud, debieron mantener unos parámetros más elevados y contar con equipos adecuados, al momento de prestarle los cuidados post-operatorios.
El fallecido se sometió al procedimiento electivo para corregir un defecto nasal que le hacía roncar demasiado, situación que estaba afectando su entorno familiar.
La sentencia se publicó el 25 de febrero de 2016. El profesional de la comunicación murió el 3 de agosto de 2012.