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Noboa decreta control permanente de armas en prisiones de Ecuador

Decretan control permanente en cárceles de Ecuador

El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, dispuso a las Fuerzas Armadas realizar el control permanente de armas, municiones, explosivos y accesorios en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los reclusorios del país. El Ministerio de Defensa será la entidad rectora para estas operaciones que deberán coordinarse con el servicio de cárceles (Snai) y la Policía Nacional.

En los considerandos del decreto 278, firmado el 23 de mayo, se señala que “el pueblo soberano, se pronunció por la opción “Sí” en la pregunta 1 de la Consulta Popular 2024, que indicó: ‘¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social?’”.

La orden ejecutiva sucedió un día después de que el presidente Daniel Noboa decretara el estado de excepción por la causal de conflicto armado interno, por un plazo de 60 días, en las provincias de Guayas, El Oro, Santa Elena, Manabí, Sucumbios, Orellana, Los Ríos; y en el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia del Azuay.

Según se indicó en el decreto 275, en esas zonas se registraron 1.920 muertes violentas este año, lo que representa cerca del 87% del total nacional. Los homicidios contra niños, niñas y adolescentes en estas provincias representan el 82% de la totalidad nacional, es decir 147 víctimas. Además, las muertes violentas incluyen desmembramientos, mutilaciones y masacres.

En el 97% de los casos son asesinatos y en el 94% predomina la violencia criminal.

Cuestionamientos al conflicto armado interno

A través de una carta dirigida al presidente de Ecuador, Daniel Noboa, la organización Human Rights Watch (HRW) se refirió a los abusos y a las “serias violaciones de los derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad” cometidos en el país tras la declaratoria de conflicto armado interno, decretada por Noboa el pasado 9 de enero, tras la toma violenta de un canal de televisión.

La organización cuestionó la existencia de un conflicto armado interno en el país y recordó a Noboa que la guerra interna “no depende de la declaración o determinación que haga un gobierno o su presidente, sino de un análisis objetivo de los hechos sobre la base de los criterios establecidos en el derecho internacional”.

De acuerdo con el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, un conflicto armado no internacional consiste en: “Violencia armada prolongada entre autoridades gubernamentales y grupos armados organizados o entre esos grupos”.

La carta publicada por HRW el 22 de mayo contiene conclusiones y recomendaciones, además de evidencias de violaciones de derechos humanos en Ecuador.

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