Detalles puntuales del anteproyecto de Ley de Reestructuración y Actualización Tributaria - N Digital
facebookNacionalesPortadatwitterÚltimas Noticias

Detalles puntuales del anteproyecto de Ley de Reestructuración y Actualización Tributaria

Edgar Barnichta Ceara

El consultor en derecho tributario, Edgar Barnichta Geara, plantea una serie de incrementos de impuestos, eliminación de tributos, ampliación de la base tributaria y de exenciones, en el anteproyecto de Ley de Reestructuración y Actualización Tributaria.

El anteproyecto consta de 91 páginas y toca ampliamente aspectos relativos a la renta, el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), las exenciones, el turismo, propina y el sector inmobiliario.

A continuación el resumen elaborado por Barnichta Ceara sobre anteproyecto de Ley de Reestructuración y Actualización Tributaria:

  1. A) Renta: 1) Incremento del mínimo imponible para impuesto sobre la renta de personas físicas de $400,000 a $700,0 00 anuales y ajuste de las tasas por inflación, lo cual en el fondo implica un aumento salarial.

2) De manera provisional y por tres años a ir bajando, establecer una tasa de un 30% del Impuesto sobre la Renta para sociedades, pero se elimina el Impuesto a los Dividendos y el Impuesto a los Activos.

3) Aumento de la presunción de renta de compañías de transporte y de seguros de 10% al 12%.

4) Incremento en el porcentaje de depreciación deducible para incentivar la industria nacional y mantener la deducción de gastos educativos.

También te puede interesar leer:

Se aplicará el valor real de los inmuebles para pagar IPI

5) Establecer un impuesto único de un 13% para todos los intereses recibidos de cualquier pagador a personas físicas y sociedades, sujeto a retención mensual.

6) Solo pagarán anticipos quienes tengan ingresos gravables mensuales superiores a RD$5,000,000.00, sobre la base del 1% de los montos que excedan esta cantidad. B) ITBIS: 1) Implementación tres categorías para el ITBIS: 0% para transferencias e importaciones de bienes naturales sin transformación y de la canasta familiar; 5% para bienes esenciales que no formen parte de la canasta básica familiar; y 18% para !os demás bienes y servicios. 2) Sustituir el ITBIS para algunos bienes y servicios a cambio de unirlo a un solo Impuesto Selectivo al Consumo, lo cual arrojará menos evasión, mejor control administrativo y mayor recaudación, sin necesidad de aumentar las tasas impositivas, tales como bebidas alcohólicas, cervezas, tabaco, comunicaciones, restaurantes y otros.

  1. C) Selectivo al Consumo: 1) De manera provisional y por tres años, incrementar en un 5% el impuesto selectivo a los electrodomésticos y artículos de lujo.

2) Establecer un impuesto selectivo de un 10% a los gimnasios, eventos deportivos y culturales.

3) Sustituir algunos ITBIS por Impuesto Selectivo al Consumo.

  1. D) Transferencia de Acciones. Se crea un impuesto de un 1% a las transferencias de acciones
  2. E) Transferencias Inmobiliarias. Se incrementa a RD$4 millones la exención de este impuesto.
  3. F) IPI. Aplicación de la misma tasa del 1% sobre los inmuebles urbanos y de un 0.5% sobre patrimonio rural. Estarán exentaos los inmuebles con valor inferior a RD$8 millones.
  4. G) Juegos y Apuestas. Se actualiza los impuestos a los juegos, casinos, loterías, bancas deportivas, etc H) Sucesiones y Donaciones.

1) Impuesto sobre Sucesiones. La tasa se mantiene en un 3% de la masa sucesoral, pero se aumenta la exención a RD$8 millones. Las transferencias de padres a hijos se consideran avance sucesoral y no donación, y pagarán solo un 3% de impuestos. 2) Impuesto sobre Donaciones. Se reduce de un 27% a un 15%, estando exentas las donaciones inferiores a RD$30,000.00 anuales para cada donatario.

  1. I) Capital de Sociedades. Se elimina el impuesto a la constitución de sociedades.
  2. J) Placas. Se sustituye el impuesto de un 1% sobre el valor del vehículo, de aplicación complicada, a cambio de un impuesto específico para cada tipo de vehículo.
  3. K) Exenciones Vehículos de Motor. Se limita hasta US$100,000 CIF el monto exento de vehículos de motor para legisladores, miembros de la Carrera Judicial y del Ministerio Público.
  4. L) Turismo: 1) Se eliminan las exenciones al sector turismo, respetando los derechos adquiridos, y se disminuye el precio de las Tarjetas de Turismo en Boletos Aéreos, de US$10.00 a US$5.00.
  5. M) Eliminación de Exenciones. Se eliminan casi todas las exenciones tributarias, incluyendo Fideicomisos, Organizaciones No Gubernamentales, las contenidas en la Ley General de Educación, Educación Superior Ciencia y Tecnología, Cultura, Incentivo y Fomento del Mecenazgo, Fomento al Desarrollo Turístico, Competitividad e Innovación Industrial, Fomento de la Actividad Cinematográfica, Ley de Electricidad, Vivienda, Hábitat y Edificaciones, Ley que crea el Ministerio de Defensa, Riesgo Sistémico, reembolso del impuesto a los combustibles fósiles, Incentivo a la Importación de Vehículos de Energía No Convencional, Ley sobre Discapacidad, Incentivos Especiales a los Pensionados y Rentistas de Fuente Extranjera, incentivo a Libros y Bibliotecas, etc.
  6. N) Propina. Se elimina la propina obligatoria a cambio de una propina sugerida, voluntaria.
Noticas de Interés
facebookNacionalesPortadatwitterÚltimas Noticias

Funcionarios que inicialmente se mostraron a favor de la reforma cambian su discurso tras orden de retiro

ActualidadfacebookNacionalestwitterÚltimas Noticias

Ya se hizo el retiro formal del proyecto fiscal de la Cámara de Diputados

ActualidadfacebookNacionalesPolíticatwitterÚltimas Noticias

Juan Ariel Jiménez propone atacar evasión fiscal y otros puntos para mejorar ingresos

ActualidadfacebookNacionalesPolíticatwitterÚltimas Noticias

Diputado PLD: "Abinader una vez más ha demostrado que es el presidente del reculeo"

Subscríbete al ABC del Día