El presidente Danilo Medina creó el Reglamento del Régimen Simplificado de Tributación (RST), para beneficiar a personas físicas y jurídicas cuyos ingresos anuales no sobrepasen los 8.7 millones de pesos en ventas.
Asimismo, favorecerá a personas físicas y jurídicas comerciantes cuyas compras anuales no sobrepasen los 40 millones de pesos.
La disposición del Poder Ejecutivo está contenida en el decreto 265-19 y fue dada a conocer por el portavoz del Gobierno y director general de Comunicación, Roberto Rodríguez Marchena, a través de Twitter.
El RST determina las obligaciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) de las personas físicas y jurídicas conforme a sus ingresos o compras.
Debido a esta nueva orden, ya no será necesario remitir informaciones de compras y ventas, ni pagar impuestos a sus activos, así como tampoco anticipo.
Tampoco será obligatorio pagar el ISR en una sola cuota, realizar declaraciones mensuales de ITBIS, ni completar todos los campos requeridos para una declaración ordinaria.
“Tendremos campos autocompletados, declaración simplificada y aplicación de TET para algunos casos”, dice el decreto.