Santo Domingo, RD.- El presidente de la Comisión Especial de Compras y Contrataciones Públicas de la Cámara de Diputados, Gregorio Domínguez, expresó que el equipo se encuentra en sesión permanente y se prepara para presentar un informe favorable al Pleno sobre el proyecto de modernización de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas.
Tras sostener una reunión con constructores y comerciantes relacionados con el sector, donde debatieron diversas inquietudes, el diputado por la provincia de Santiago destacó que lo más relevante de esta reforma es la incorporación de mecanismos modernos para las compras públicas, así como las sanciones penales que se aplicarán a quienes violen la ley.
“Creo que la otra semana se va a conocer en el hemiciclo. Todavía estamos discutiendo algunos artículos, pero ya hemos avanzado bastante”, explicó.
En declaraciones a la prensa, al salir de la reunión de la comisión, el congresista oficialista aseguró que existe un consenso entre sus miembros.
Además, informó que tienen como meta presentar el informe favorable la próxima semana, ya que el proyecto tiene como fecha límite el 12 de enero.
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Esta ley trata sobre las licitaciones públicas, que son las convocatorias abiertas y obligatorias a un número indeterminado de interesados.
Podrá haber licitaciones nacionales y/o internacionales. En el caso de la ejecución de proyectos, obras o servicios de que se trate, la licitación internacional se llevará a efecto cuando ello resulte obligatorio por tratados o convenios internacionales o con organismos multilaterales de crédito.
Cuando, previa investigación del mercado, los oferentes nacionales no cuenten con la capacidad requerida para la ejecución de los mismos; o cuando habiéndose realizado una licitación nacional, no se presente alguna propuesta o ninguna cumpla con los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones.
LICITACIÓN RESTRINGIDA.-
Es la invitación a participar a un número limitado de personas que pueden atender el requerimiento, debido a la especialidad de los bienes a adquirirse, de las obras a ejecutarse o de los servicios a prestarse, razón por la cual solo puede obtenerse un
número limitado de participantes; o porque el tiempo y los gastos que requeriría la evaluación de un gran número de ofertas sería desproporcionado con respecto a1 valor de los bienes, las obras o los servicios.
En todo caso, los proveedores, contratistas de obras o consultores, estarán registrados conforme a lo previsto en la presente ley y su reglamento, de los cuales se invitará un mínimo de cinco (5) cuando el registro sea mayor.
No obstante ser una licitación restringida se hará de conocimiento público por los medios previstos.