El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina, rechazó varios incidentes y recursos de excepciones interpuestos por cinco de los imputados en el expediente de soborno del caso Odebrecht.
También declinó para que los conozca el pleno del alto tribunal.
El juez de la instrucción especial de la SCJ, Francisco Ortega Polanco, envió a los encartados en el expediente de soborno a juicio de fondo, fijado para el 12 de septiembre de este año.
Mediante la resolución número 2502-2019, de fecha 29 de julio, el magistrado Molina tomó la decisión que afecta a Ángel Rondón Rijo, Porfirio Andrés Bautista García, Conrado Enrique Pittaluga Arzeno, Víctor Díaz Rúa y Roberto Rodríguez Hernández.
Sobre los incidentes planteados por Rondón Rijo, el presidente de la SCJ indicó que existe una incorrecta interpretación con relación a las disposiciones del artículo 303 del Código Procesal Penal, en lo atinente al alcance de la reconsideración que puede hacer la presidencia con relación a las pruebas excluidas o admitidas en la etapa intermedia, el magistrado.
Sobre su pedido de declaratoria de incompetencia de la Jurisdicción Privilegiada y la declaratoria de nulidad absoluta del auto de apertura a juicio, por supuestamente haber sido dictado por un juez a su entender incompetente, Molina Peña remitió la solicitud al Pleno de la Suprema Corte de Justicia para que sea debatido y se proceda de la forma correspondiente.
Molina fundamentó su decisión, “indicando que de conformidad con el artículo 59 y siguiente del Código Procesal Penal, dicha solicitud debe ser conocida por el tribunal, y cuando el Código habla del tribunal excluye las facultades del Presidente a modo de juzgador unipersonal, es decir, que ese asunto debe ser resuelto por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia”.