Santo Domingo.- El Ministerio de Trabajo recordó este viernes que el Código Laboral prohíbe la reducción de salarios, así como el despido y recontratación de trabajadores con el único fin de pagar salarios menores a los devengados por estos.
El organismo emitió un comunicado a propósito del aumento de los salarios mínimos en el país anunciado el miércoles pasado por el presidente Luis Abinader y los sectores empresarial y sindical.
La información destacó, además, que 1,490,894 trabajadores recibirán los diferentes incrementos establecidos con relación a los salarios mínimos del sector privado.
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Tras los incrementos, el tejido laboral tuvo una variación de un 49 % a un 52 % referente al número de trabajadores que pertenecen a las grandes empresas, mientras que los de las medianas empresas incrementaron de un 7 % a un 15 %; en relación a las pequeñas se redujo de un 44 % a un 21 %, y las microempresas (nueva categoría) emplearán al 13 % de los trabajadores formales.
En las grandes empresas el salario mínimo se eleva hasta los 21,000 pesos; en las medianas a los 19,250 pesos. Los trabajadores de las empresas pequeñas ganarán 12,900 pesos y los de las microempresas 11,900 pesos.
Las subidas en los salarios mínimos no incluye a sectores como el turismo, las zonas franca o la construcción.