La Comisión Permanente de Asuntos Municipales de la Cámara de Diputados aprobó este lunes rendir un informe favorable para la aprobación del proyecto de ley que designa con el nombre de Fredy Beras Goico la actual avenida Hípica del municipio de Santo Domingo Este, provincia de Santo Domingo.
La iniciativa legislativa es de la autoría del diputado de la circunscripción tres (3) de la provincia Santo Domingo, Heriberto Aracena.
Aracena depositó el citado proyecto de resolución el pasado 28 de abril, mediante la Secretaria Legislativa de la Cámara de Diputados.
El diputado de la Fuerza del Pueblo en uno de su considerando destaca que Freddy Beras Goico se distinguió como uno de los padres de la comunicación en la República Dominicana, por su labor de presentador y productor de televisión, locutor en la radio, humorista, actor, libretista y comediante.
Resalta, además, que el presentador y productor de televisión colocó al país en los más altos escenarios internacionales por constituirse en la figura principal de la televisión dominicana por más de 50 años y padrino artístico de grandes personalidades de los medios de comunicación dominicana; con sentido de compromiso social, solidario, intelectual y polifacético.
En otro considerando, el proyecto de ley precisa que finalizando el año 1959 Freddy Beras Goico y su familia emigraron a Colombia, después de padecer torturas, abusos y atropellos puesto que, se oponían a la dictadura trujillista.
Agrega que tras su regreso al país en 1962 se le presentó la oportunidad a través del gobierno del profesor Juan Bosch de estudiar en Brasil. Más adelante en 1965 se convirtió en combatiente para el retorno constitucional del profesor Bosch a la presidencia dominicana.
El proyecto de ley procura la designación de la Avenida Hípica del municipio de Santo Domingo Este de la provincia Santo Domingo con el nombre de Freddy Beras Goico.
Asimismo, la iniciativa de ley indica que el Ayuntamiento del Municipio Santo Domingo Este, realizará todas las medidas administrativas necesarias para la ejecución de la presente ley, entre ellas la señalización y rotulación de la respectiva avenida.