Conocerán mañana medida de coerción para Alexis Villalona; MP solicitará 12 meses de prisión preventiva - N Digital
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Conocerán mañana medida de coerción para Alexis Villalona; MP solicitará 12 meses de prisión preventiva

¡Casi se le escapa a la Policía!: Alexis Villalona trató de huir por la parte trasera de la casa antes de su captura

El Ministerio Público informó que conocerán este sábado la medida de coerción y solicitarán al menos 12 meses de prisión preventiva para poder elaborar todo el expediente que se presentara en contra de Alexis Villalona, acusado de agresión física a una mujer en Bani.

“En todo el proceso investigativo que hemos llevado a cabo en conjunto con la Policía Nacional y del Ministerio Publico se pudo identificar a varias personas que le estaban dando ayuda para ocultar a este sujeto que también estamos contemplando presentarles cargos por complicidades y ocultamiento de este individuo”, indicó un fiscal de la provincia Peravia a cargo de la investigación.

Ministerio Público ampliará las investigaciones en torno al caso y se prepara para presentar solicitud de medidas de coerción contra el imputado.

Adelantó que la tipificación de los delitos cometidos por Villalona incluyen los artículos 309 y 309-1 del Código Penal Dominicano.

El artículo 309 establece que: “El que voluntariamente infiere heridas, diere golpes, cometiere actos de violencia o vías de hecho, si de ellos resultare al agraviado (a), una enfermedad o imposibilidad de dedicarse al trabajo durante más de veinte días, será castigado (a) con la pena de prisión de seis meses o dos años, y multa de quinientos a cinco mil pesos. Podrá además condenársele a la privación de los derechos mencionados en el artículo 42, durante un año a lo menos, y cinco a lo más. Cuando las violencias arriba expresadas hayan producido mutilación, amputación o privación del uso de un miembro, pérdida de la vista, de un ojo, u otras discapacidades, se impondrá al culpable la pena de reclusión. Si las heridas o los golpes inferidos voluntariamente han ocasionado la muerte del Agraviado (a), la pena será de reclusión, aún cuando la intención del agresor (a) no haya sido causar la muerte de aquel”.

En tanto que el 309-1 señala que: “Constituye violencia contra la mujer toda acción o conducta, pública o privada, en razón de su género, que causa daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico a la mujer, mediante el empleo de fuerza física o violencia psicológica, verbal, intimidación o persecución”.

La Policía Nacional informó este viernes que ya capturó al prófugo Alexis Villalona, quien fue detenido en la comunidad de El Fundo, del municipio de Baní.

Villalona estuvo prófugo de la justicia por 14 días, tras agredir brutalmente a una mujer en Baní hasta dejarla tirada en el pavimento el pasado 1 de enero.

El organismo del orden desplegó un amplio operativo para su búsqueda, en el que  intervino cabañas, moteles de la zona sur del país, y otros puntos donde tenían reportes de que  Alexis Villalona podría haberse refugiado.

La información la dio a conocer la Policía Nacional en sus cuentas de redes sociales.

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