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Abinader encabezará acto de promulgación de la Ley de Extinción de Dominio

Abinader

El presidente de la República, Luis Abinader, encabezará un acto mañana jueves en el que se promulgará la recién aprobada Ley de Extinción de Dominio, que tiene por objeto regular el proceso de extinción de dominio de bienes ilícitos previstos en la Constitución.

El acto será celebrado a las 9:00 de la mañana en el Salón Las Cariátides en el Palacio Nacional.

Este proyecto fue aprobado ayer por el Senado de la República. Busca recuperar los bienes que provengan directa o indirectamente de un hecho ilícito, contó con el apoyo de bloques de senadores de la oposición tras pasar el trámite en la Cámara de Diputados, que lo aprobó el pasado viernes en segunda lectura con una serie de modificaciones.

Tras su aprobación en el Senado, la embajada de Estados Unidos en el país saludó la decisión y aseguró que “hoy el Congreso tomó uno de los pasos más importantes” en cuanto a lo “exigido” por el pueblo “durante mucho tiempo” que es el fin del crimen organizado y la corrupción.

“Los Estados Unidos siempre apoyará a quienes luchan por la justicia y la transparencia. Estamos listos para apoyar la implementación de la Ley de Extinción de Dominio”, dijo la embajada en su cuenta de Twitter.

El proyecto de ley tiene por objetivo definir las competencias y facultades de las autoridades responsables de su aplicación, y reconocer los derechos y garantías de los intervinientes y partes afectadas.

Además, sienta los principios fundamentales para el funcionamiento del sistema de administración de bienes que trata esta ley, así como el procedimiento requerido para su declaración judicial a favor del Estado dominicano, observando el debido respeto a los derechos de terceros acreedores.

En dicha ley se establece que el procedimiento de extinción de dominio es independiente y autónomo del procedimiento penal, civil o cualquier otro de naturaleza jurisdiccional, administrativo o arbitral, de modo que la existencia de otro trámite judicial no podrá ser obstáculo para iniciar un procedimiento de extinción de dominio.

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