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Diputados conocerán hoy Fideicomiso Público sin consenso en artículos 4, 5, 7 y13

La Cámara de Diputados conocerá en la sesión de este miércoles el controvertido proyecto de Ley de Fideicomiso Público, cuyo alcance enfrenta a legisladores del oficialista Partido Revolucionario Moderno y de la oposición, en especial, el de la Liberación Dominicana.

El proyecto ya fue aprobado en dos lecturas por el Senado de la República con una votación mínima, pues de un quórum de 18 legisladores, de un total de 32, solo 14 votaron a favor, cuatro en contra y se retiraron las bancadas de la Fuerza del Pueblo y PLD.

La pieza busca establecer el régimen aplicable para la regulación del fideicomiso público en República Dominicana en medio de amplias discusiones.

PUNTOS DIVERGENTES. Los artículos discordantes y que dividen a los miembros de la comisión especial de la Cámara de Diputados son el 4, 5, 7 y en especial el Artículo 13 y su párrafo.

Artículo 13, Relativo a Compras y Contrataciones Públicas en el marco del Fideicomiso Público. “Los procesos para la selección de proveedores, la adjudicación de contratos relativos a la realización de obras, la prestación de servicios, la adquisición de bienes con cargo al patrimonio fideicomitido, así como las demás actuaciones del fideicomiso público, se harán conforme a los principios que establece la Ley núm. 340-06, del 18 de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Obras y Concesiones”.

Párrafo.- “Cada fideicomiso público deberá elaborar un reglamento interno de contrataciones que contenga requerimientos y estándares internacionales necesarios para la adecuada contratación de sus bienes y servicios que sean necesarios de acuerdo a su objeto, el que deberá ser remitido a la Dirección General de Contrataciones Públicas para su aprobación”.

El Artículo 4, sobre  Fideicomiso Público: “Es la modalidad de fideicomiso celebrado por el Estado, con carácter de fideicomitente, respecto de bienes o derechos que formen parte de su patrimonio o con el objetivo de gestionar, ¡mplementar o ejecutar obras, bienes, servicios o proyectos de interés público.

Mientras que el Artículo  5, referente a Fideicomitente (s) Adherente (s), establece que: “Son los entes públicos o empresas de capital totalmente público que no han intervenido originalmente como fideicomitentes en la suscripción del Contrato de Fideicomiso, sino que se adhieren posteriormente durante la vigencia del contrato, mediante acto auténtico o bajo firma privada complementaria, en el que se hace constar el aporte de bienes o derechos al patrimonio fideicomitido, con el consentimiento del fideicomitente original”.

Artículo 7. Fiduciario: “Es la persona jurídica autorizada para fungir como tal, controlada por una entidad de capital público, o que pertenezca a la administración pública, quien recibe los bienes dados o derechos cedidos para la constitución de un fideicomiso público, debiendo cumplir las instrucciones los fideicomitentes establecidos en el acto constitutivo del fideicomitente o del fideicomiso”.

DISCREPANCIAS COMISIÓN ESPECIAL. La falta de consenso se evidencio por dos días consecutivos entre los legisladores oficialistas y sus contrarios, en el seno de la comisión especial de diputados que estudia la inicativa.

El lunes y el martes agotaron maratónicas reuniones por tratar de llegar a algún acuerdo en los puntos divergentes, pero no se pudo obtener consenso.

Esta comisión está presidida por Francisco Javier Paulino e integradas por: Luis Henríquez Beato, Eddy Oscar Montás Guerrero, Gustavo Antonio Sánchez García, Lupe Núñez Rosario, Radhamés Camacho Cuevas, Pedro Tomas Botello Solimán, Pedro Antonio Martínez Moronta, Héctor Darío Feliz Feliz, Juan Dionicio Rodríguez Restituyo, Omar Leonel Fernández Domínguez, Luis Rafael Sánchez Rosario, Ramón Antonio Bueno Patino, Amado Antonio Díaz Jiménez, Lucrecia Santana Leyba Brenda, Mercedes Ogando Campos, Geraldo Antonio Concepción Vargas, Napoleón López Rodríguez y Nicolás Hidalgo Almánzar.

CONTRAATAQUE EN LA VÍSPERA. Durante todo el día de ayer, los principales dirigentes del PLD realizaron una ofensiva de rechazo al proyecto de Ley de Fideicomiso Público.

Con posiciones sincronizadas vertidas en redes sociales, nota de prensa y rueda de prensa, se produjo una secuencia de ataques de dirigentes de la talla del exprocurador Francisco Domínguez Brito; Juan Ariel Jiménez, titular de la secretaría de finanzas del PLD y el Bloque de Diputados.

“En ese proyecto se le da una autonomía a las personas para que puedan ser dirigidos por políticos, técnicos o empresarios para administrar los fondos públicos como si fuera una empresa privada. Como si fuera una propiedad de ellos, sin haber puesto un centavo”, expresó Domínguez Britro, ex senador por Santiago.

Mientras que Jiménez alertó sobre las intenciones en la Cámara de  Diputados de aprobar una ley de Fideicomiso Público que se convertiría en un “enorme retroceso a la transparencia y la institucionalidad”.

En horas de la tarde, la posición peledeista fue reforzada por el Bloque de Diputados, que expresó total oposición y rechazo al proyecto de ley de fideicomisos públicos que se aprobó en el Senado y que se quiere aprobar en la Cámara de Diputados por mayoría del PRM, sin el consenso de los demás partidos.

Los congresistas puntualizaron que con esta ley, el Gobierno del PRM quiere dar a la institucionalidad del país, la creación de un gobierno paralelo exento de las leyes y reglamentos para el uso de fondos públicos, desconociendo la necesidad de cumplir con las leyes de compras y contrataciones, función pública, crédito público y demás.

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