Abogado explica proceso y violaciones a leyes de RD que se hacen en intervención telefónica sin autorización - N Digital
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Abogado explica proceso y violaciones a leyes de RD que se hacen en intervención telefónica sin autorización

 

Santo Domingo.- Son varias las leyes violentadas cuando una persona o entidad interviene el teléfono de un ciudadano sin previa autorización judicial, según lo estipulado en las leyes de República Dominicana.

El abogado y experto en derecho penal, Francisco Álvarez, recordó que la Constitución dominicana en su artículo 44.3 habla del derecho de intimidad y el honor personal, así como también el Código Procesal Penal en su artículo 192 expresa que esto, solamente se puede permitir con una orden de un juez que debe ser debidamente solicitada por la Procuraduría.

En ese orden, explicó que dicha solicitud debe ser justificada y deber explicada a ese tribunal de que no hay otra forma de ellos obtener esa información.

El experto ofreció la información tras participar en un foro en el programa N Investigación Periodística donde detalló sobre el proceder desde el punto de vista legal.

También argumentó que el artículo 5 de la ley 53-98 que es Ley General de Comunicaciones indica que hay secreto inviolable a la telecomunicación.

Para el abogado Francisco Álvarez entiende que el problema en la Republica Dominicana no es de leyes, sino de ejecución y respeto a estas.

En ese orden, dijo que si a un periodista o ciudadano se le violenta esos derechos estipulados en la Constitución, debe hacer uso de la ley 53-07 sobre espiar o gravar sin autorización judicial será sancionado con una pena de 1 a 3 años de cárcel.

Expresó que técnicamente hablando la violación al derecho del individuo es de acción pública e instancia privada, porque es la persona que debe decir a la autoridad de que fue violentado y necesita ayuda para investigar el caso.

Dijo que en el caso de que alguien tenga la herramienta de poder violentar el derecho de una persona, el Ministerio Público debería preocuparse  por la integridad nacional y evitar que existan personas con ese poder para espiar a ciudadanos.

“Vivimos en una ficción donde la ley asume que el individuo tiene la capacidad de enfrentar esos ataques cuando realmente no la tenemos”, expresó.

Dijo Tenemos una habilitación práctica en la ley 53-07 en los casos en que se ponga en riesgo el orden público y los intereses de la nación.

La reacción viene luego de darse a conocer a través de Amnistía Internacional que la periodista Nuria Piera fue atacada con el software espía Pegasus de NSO Group, siendo el primer caso confirmado en el país.

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