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Legisladores FP y PLD confían en aprobación ampliación Alanza Rescate-RD

A pesar de estar en la cuenta regresiva para que la Fuerza (FP), el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) rubriquen de manera definitiva su pacto electoral, legisladores confían en que habrá entendimiento entre sus líderes.

Están confiados en que habrá acuerdo en los próximos días que consolide el Bloque Opositor, de cara a las elecciones del 2024.

Al ser consultados por N Digital, los voceros de los diputados del PLD y FP expresaron confianza en la comisión a cargo del acuerdo electoral, por lo que no les preocupa que el tiempo esté encima.

Los plazos comienzan a definirse para el PLD, que el próximo domingo 22 tiene su Asamblea de Delegados y debe decidir su oferta electoral, esto es: la cantidad de candidatos en cada nivel de elección y las demás plazas cedidas en alianzas.

Mientras el PRD y la FP fijaron, por separados, sus asambleas para el sábado 28 de octubre, y al igual que el PLD, deben definir sus candidatos y sus aliados.

En ese sentido, el vocero de los diputados del PLD, Luis Henríquez, expresó que confía en que habrá alianza conveniente para su partido y el país, por lo que no le preocupa el tiempo faltante para concretizar el acuerdo.

Asimismo el también vocero de los diputados por La Fuerza del Pueblo (FP), Tobías Crespo, dijo que también confía en la comisión que está a cargo del pacto político, por lo que anima a los aliados a ceder, ya que se trata de ganar, ganar.

El 29 de octubre, es la fecha límite establecida por ley para la escogencia de candidatos a cargos de elección popular, mediante modalidades de asambleas, convenciones y encuestas de todos los partidos que participarán en las elecciones del 2024.

Es decir, que  tanto el oficialismo como la oposición deben oficializar sus candidatos a presidente de la República, senadores, diputados, alcaldes, regidores, directores distritales y vocales en este día,  así como el alcance  de sus alianzas, conforme al Párrafo II del Artículo 46 de la Ley 33-18, Sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

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